Qué cubrimos

Multihogar te ofrece planes en los que puedes proteger la edificación de tu vivienda y/o los bienes contenidos dentro de ella.

Coberturas y Beneficios
Coberturas Principales


Incendio y Líneas Aliadas:

Cubre daños y pérdidas causadas por: Incendio y/o Rayo, Explosión, Daños por Agua, Impacto de Vehículos, Onda Sónica, Caída de Aeronaves, Riesgos Políticos y Sociales, Lluvia e Inundación (cobertura a nivel nacional, no incluye balnearios), Rotura Accidental de Vidrios y/o Cristales (hasta 5% de la suma asegurada del edificio).

Multihogar cubre hasta el total de la suma asegurada.

Esta cobertura es aplicable si se asegura el edificio y/o el contenido.


Terremoto, Temblor, Erupción Volcánica y/o Fuego Subterráneo, Maremoto, Tsunami, Salida de mar y Marejada u Oleaje:

Multihogar cubre hasta el total de la suma asegurada.

Esta cobertura es aplicable si se asegura el edificio y/o el contenido.


Robo con Fractura y/o Asalto:

Cubre daños y pérdidas causadas por: Robo con Fractura, Asalto y Deterioros a la Vivienda producidos por el delincuente.

Multihogar cubre hasta el total de la suma asegurada.

Esta cobertura es aplicable si se asegura el contenido.

Coberturas Adicionales


Gastos Extraordinarios:

Cubre los gastos que se hayan realizado por Remoción de escombros, Honorarios profesionales y Reconstrucción de documentos y modelos.

Multihogar cubre hasta el 20% de la suma asegurada del edificio o contenido (lo que sea mayor).

Esta cobertura es aplicable si se asegura el edificio y/o el contenido.


Gastos por Arrendamiento de Vivienda Temporal:

Cubre el gasto de mudanza y de alquiler de una vivienda similar, en caso la vivienda  hasta por seis meses.
Multihogar cubre hasta el 1% de la suma asegurada del edificio, máximo US$ 1,500 por cada mes.

Esta cobertura es aplicable si se asegura el edificio.


Cobertura Automática para Nuevas Adquisiciones:

Cubre los bienes nuevos que el asegurado haya adquirido con posterioridad al inicio del contrato de seguro.

Multihogar cubre hasta el 10% de la suma asegurada del contenido.

Esta cobertura es aplicable si se asegura el contenido.


Responsabilidad Civil:

Cubre en caso que el asegurado quede legalmente obligado a pagar por accidentes corporales o daños materiales causados a terceros.

Multihogar cubre hasta 20% de la suma asegurada del edificio, máximo US$ 50,000.

Esta cobertura es aplicable si se asegura el edificio.


Daños a Equipo de Cómputo:

Cubre en caso de accidentes a equipos desktops y laptops.

Multihogar cubre hasta 5 % de la suma asegurada del contenido, máximo US$ 1,500.

Esta cobertura es aplicable si se asegura el contenido.


Transporte del Contenido a consecuencia de un Accidente al Medio de Transporte en caso de Mudanza:

Cubre la pérdida y/o daños de los bienes durante su traslado en caso de mudanza a consecuencia de un accidente al medio de transporte.

Multihogar cubre hasta 10% de la suma asegurada del contenido.

Esta cobertura es aplicable si se asegura el contenido.

Beneficios Adicionales


Servicio de Emergencia para el Hogar:

Solo para Lima Metropolitana, las 24 horas del día durante todo el año. Hasta un máximo de 3 atenciones por cada servicio de: Cerrajería. Gasfitería y Electricidad, por año de vigencia de la póliza.

Esta cobertura es aplicable si se asegura el edificio y/o el contenido.


Gastos Médicos por Accidentes de los Trabajadores del Hogar:

Dentro o fuera del hogar, al estar cumpliendo con las funciones inherentes a su cargo. Hasta un máximo de 3 eventos por año de vigencia.

Multihogar cubre hasta 1% de la suma asegurada del edificio, máximo US$ 1,000 por evento.

Esta cobertura es aplicable si se asegura el edificio y/o el contenido.

 






















































































 















 



 

 

Tasas

Todos los planes de Multihogar pueden valer menos de US$ 1 diario, dependiendo del valor de la vivienda y de los bienes contenidos dentro de ella.

La prima a pagar se calcula aplicando las tasas que a continuación se detallan a la suma asegurada. Las tasas se aplican por cada mil dólares de suma asegurada.

Coberturas Tasa Anual

Incendio incluyendo Terremoto  y/o Temblor.
Aplicable si asegura edificio y/o contenido

         2% (1)

Robo de contenido en vivienda con alarma (2)          5%

Robo de contenido en vivienda sin alarma

         7%







 

(1) Cuando se asegure únicamente contenido, la tasa a cobrar será 2,5% cuando la vivienda sea propia y 2%cuando la vivienda sea alquilada.

(2) La alarma debe estar conectada a una central de emergencia. También será aplicable a departamentos ubicados en el 2do piso para arriba o condominios con control de vigilancia al ingreso. Ambos previa validación con la inspección del riesgo.

Notas:

  1. Tasas no incluyen impuestos y gastos.
  2. Prima mínima anual US$ 50 cuando se contrate coberturas de Incendio, líneas aliadas y terremoto. Prima mínima anual US$ 100 cuando se contrate coberturas de Incendio, líneas aliadas, terremoto y robo.
  3. Para los casos donde se asegure sólo el contenido, se deberán tomar ambas coberturas; robo e incendio.

 

Desglose de Valores

Si en algunos de los casos que detallamos a continuación consideras que tus bienes sobrepasan los límites especificados en el cuadro, deberás declararlos a la Compañía. Podrían aplicarse primas adicionales si corresponde.

Los límites correspondientes son:

Hasta US$ 2,000  por cada planta, arbusto, árbol y similar.
Hasta US$ 2,000  por cada pieza de vidrio o mármol colocada fijamente.
Hasta US$ 1,000  por cada colección filatélica o numismática.
Hasta US$ 2,000  por cada cuadro, objeto de arte, pieza o juego de platería.
Hasta US$ 1,000  por dinero en efectivo, valores negociables o metales preciosos.
Hasta US$ 2,000  por cada pieza de joyería, relojes, pieles, piedras preciosas y semipreciosas.
Hasta US$ 500     por cualquier otra pieza o bien de cualquier otra categoría.

 

 

 

 

 

 

 

Deducibles

Al presentarse como siniestro, el monto señalado como deducible se descontará del monto indemnizable.

Incendio, Explosión, Impacto de Vehículos, Onda Sónica, Caída de Aeronaves. 5% del monto indemnizable, mínimo US$ 100
Daños por agua. 10% del monto indemnizable, mínimo US$ 100
Rayo, Lluvia e inundación. Para Lima Metropolitana: 10% del monto indemnizable, mínimo US$ 200. Para Provincias: 10% del monto indemnizable, mínimo US$ 500.
Riesgos Políticos y Sociales. 10% del monto indemnizable, mínimo US$ 500
Terremoto, Temblor, Erupción volcánica y/o Fuego subterráneo, Maremoto, Tsunami, Salida de mar, Marejada u Oleaje. Para casas de playa: 3% del valor declarado, mínimo $2,500.00. Para todas las demás: 1% del valor declarado del predio afectado y su contenido, mínimo US$ 200
Robo con fractura y/o asalto. 10% del monto indemnizable, mínimo US$ 200
Robo con fractura para predios deshabitados sin alarma conectada a una central de emergencia. 20% del monto indemnizable, mínimo US$ 400
Demás riesgos y Coberturas 5% del monto indemnizable, mínimo US$ 100
Coberturas de gastos médicos por accidentes de trabajadores del hogar. Sin deducible
Rotura accidental de cristales. Sin deducible
Servicio de asistencia para el hogar. Sin deducible















 



 

 

Consideraciones

  1. El predio a asegurar debe estar ubicado en Perú.
  2. Si se trata de la residencia de playa o de campo, también se deberá tener asegurado con la Compañía el predio de residencia permanente en Lima.
  3. Si por habitar una vivienda alquilada no se desea la cobertura para el edificio, se deben tomar ambas coberturas para el contenido: incendio y robo.
  4. Si asegura contenido, deberá presentar una relación detallada de los bienes que tengan un valor mayor o igual a US$ 500.
  5. En caso de ser necesario, la Compañía podrá coordinar una inspección al predio, según estime conveniente.
  6. Joyas y dinero tiene cobertura únicamente mientras se encuentren guardados en caja fuerte y/o caja de seguridad empotrada, hasta el 30% del monto total del contenido asegurado, previa declaración y aceptación de la Compañía.
  7. La Compañía podrá cancelar la cobertura de Riesgos Políticos y Sociales, con un aviso previo de 10 días contado a partir de la fecha que el cliente reciba dicha información.
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