1. ¿Qué significa 'beneficio'?
Beneficio, Suma Asegurada o Capital Asegurado, es el monto total que será pagado, según la póliza contratada, al Asegurado o a sus Beneficiarios en caso ocurra un siniestro que esté cubierto por dicha póliza.
2. ¿Cómo reclamo los beneficios de mi póliza?
Para poder informarte sobre los documentos necesarios para reclamar los beneficios de tu póliza comunícate con nosotros vía e-mail a consultas.beneficios@pacificovida.com.pe, o por teléfono al 518-4000 anexo 4854, donde serás atendido gustosamente por nuestras especialistas en beneficios.
Horario de Atención: De lunes a viernes de 9 am a 1 pm y de 2 pm a 5 pm.
Asimismo, en Lima podrás acercarte a nuestras oficinas ubicadas en la Torre Pacífico, Av. Juan de Arona 830, San Isidro; y en el caso de Provincias, a la oficina de Pacífico Vida más cercana a tu localidad (click aquí para ver detalle de oficinas)
3. ¿En cuánto tiempo atienden mi Solicitud de Pago de Beneficio?
Los tiempos de atención dependen del tipo de producto y de las circunstancias que rodean al siniestro. Cada caso es único y tratado personalmente por un especialista en la materia.
Tiempos aproximados de atención:
- Vida Crédito: siete (7) días hábiles
- Vida Ley: siete (7) días hábiles
- Vida Grupo: siete (7) días hábiles
- SCTR: diez (10) días hábiles
- AFP: diez (10) días hábiles
- Vida Individual y Accidentes Personales: quince (15) días hábiles
Los tiempos indicados líneas arriba, cuentan a partir de la presentación de toda la documentación necesaria para analizar el reclamo (*)
(*) Cabe señalar que, de acuerdo a ley (Artículo No. 13 del D.L. No. 1045), el tiempo máximo de atención de reclamos es de treinta (30) días calendario para dar una respuesta al reclamante sobre la situación de su caso.
Artículo 13º.- Servicio de Atención de Reclamos.- Sin perjuicio del derecho de los consumidores de iniciar las acciones correspondientes ante las autoridades competentes, los proveedores están obligados a atender los reclamos presentados por sus consumidores y dar respuesta a los mismos en un plazo no mayor a treinta (30) días calendario. Dicho plazo podrá ser extendido por otro igual cuando la naturaleza de reclamo lo justifique, situación que será puesta en conocimiento del consumidor antes de la culminación del plazo inicial.
No podrá condicionarse la atención de reclamos de consumidores al pago previo del producto o servicio materia de dicho reclamo o de cualquier otro pago.
4. Me denegaron el pago, ¿pueden reconsiderar el caso?
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Si es la primera vez que pides reconsideración (No Aplica para el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo SCTR) Pacífico Vida revisa minuciosamente la procedencia o no del pago antes de dar una respuesta. Sin embargo, si cuentas con documentos que sustenten en forma clara y precisa los motivos por los que consideras debe reconsiderarse tu caso, envíalos, y en aproximadamente 15 días hábiles, te daremos una repuesta.
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Si es la segunda vez que pides reconsideración (No Aplica para SCTR) lamentablemente no es posible proceder con elpago de beneficios. Te recordamos que existen mecanismos para solucionar este tipo de controversias, los cuales están indicados en la carta en que dimos respuesta a tu solicitud de pago de beneficios.
Notas:
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SCTR:
En caso de Fallecimiento tus beneficiarios podrán recurrir al Centro de Conciliación y Arbitraje de la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud (SEPS). En caso de Invalidez puedes apelar ante el INSTITUTO ESPECIALIZADO DE REHABILITACIÓN o ante el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud (SEPS).
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AFP:
Puedes hacer tu reclamo ante la SBS, consultar con la AFP.
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Otros Productos:
Si el importe es menor a USD 50,000 deberás ir a la Defensoría del Asegurado; si el importe es mayor, puedes recurrir a un Arbitraje o al Poder Judicial.