Preguntas Frecuentes
¿y qué es la capa compleja?
¿Se pierde el derecho a seguir en EsSalud?
¿Qué sucede con la cobertura si un trabajador se retira de la empresa?
¿Se tiene derecho a cobertura de diagnósticos pre-existentes y enfermedades congénitas?
Cuando se jubilan los trabajadores afiliados a una EPS, ¿Pueden regresar a EsSalud?
¿Existen un límite de edad para la afiliación de trabajadores a una EPS?
¿Qué sucede con las prestaciones económicas brindadas por EsSalud si un trabajador se afilia a una EPS?
¿Están cubiertas las vitaminas y exámenes durante el embarazo?
¿Están cubiertas las vacunas en EPS?
¿Existe algún período de carencia para recibir las prestaciones de la EPS?
Un titular soltero (hombre o mujer) con hijos, ¿tiene el beneficio por maternidad?
¿Cuál es la participación del afiliado en los pagos durante su atención?
¿Cómo solicitar duplicado de credenciales en caso de pérdida?
¿Qué es una emergencia?
¿Se deben incluir a todos los derechohabientes en la EPS?
¿Qué es la capa simple?
Es el conjunto de intervenciones de salud de mayor frecuencia y menor complejidad.
¿Y qué es la capa compleja?
En contraposición, es el conjunto de intervenciones de salud de menor frecuencia y mayor complejidad, y que no están considerados en la capa simple.
¿Se pierde el derecho a seguir en EsSalud?
No. Los trabajadores que se afilien a una EPS seguirán manteniendo su derecho de atención por EsSalud en la capa compleja.
¿Qué sucede con la cobertura si un trabajador se retira de la empresa?
En caso de desempleo y de suspensión perfecta de labores, los afiliados pasan al Periodo de latencia, es decir, gozarán de 6 meses de cobertura en capa simple a través de Pacífico Salud EPS, y de 12 meses de cobertura en capa compleja a través de EsSalud, siempre y cuando el trabajador cuente con un mínimo de cinco meses de aportación en los últimos tres años precedentes al cese, acogiéndose a dos meses de período de latencia por cada cinco meses de aportación. El periodo de latencia para los casos de suspensión perfecta de labores será de aplicación a partir de la fecha de pérdida del derecho de cobertura.
¿Se tiene derecho a cobertura de diagnósticos pre-existentes y enfermedades congénitas?
Sí. Pacífico Salud EPS cubre los diagnósticos pre existentes y las enfermedades congénitas tipificadas como capa simple.
Cuando se jubilan los trabajadores afiliados a una EPS, ¿Pueden regresar a EsSalud?
Efectivamente. Con el descuento del 4% sobre su pensión de jubilación, los jubilados podrán gozar de una atención integral
(capa simple más capa compleja) en EsSalud. Los jubilados son afiliados regulares.
¿Existe algún límite de edad para la afiliación de trabajadores a una EPS?
No. Para los afiliados regulares no habrá límites de edad para la afiliación, mientras mantengan el vínculo laboral con su Entidad Empleadora.
¿Qué sucede con las prestaciones económicas brindadas por EsSalud si un trabajador se afilia a una EPS?
Las prestaciones económicas otorgadas por EsSalud, como los subsidios por maternidad, lactancia e incapacidad temporal, seguirán siendo otorgadas por EsSalud, a pesar de que el trabajador se afilie a una EPS. Los jubilados son considerados también afiliados regulares.
¿Están cubiertas las vitaminas y exámenes durante el embarazo?
Si. Absolutamente todas. Pacífico Salud EPS garantiza la cobertura al 100% de todas las vitaminas, medicinas y exámenes que el médico tratante considere convenientes durante el periodo pre y postnatal, siempre y cuando tengan relación con el embarazo, y en cualquiera de las clínicas afiliadas en Lima y provincias.
¿Están cubiertas las vacunas en EPS?
Pacífico Salud EPS ofrece un programa de inmunizaciones y vacunaciones como parte del control del niño sano, incluyendo los refuerzos necesarios hasta los diez años de edad del niño, con 100% de cobertura.
Estas vacunas podrá aplicarlas su pediatra en las clínicas afiliadas a Pacífico Salud EPS que cuenten con las facilidades necesarias.
¿Existe algún período de carencia para recibir las prestaciones de la EPS?
Los afiliados regulares y sus derechohabientes tienen derecho a las prestaciones de Pacífico Salud EPS siempre que cuenten con tres meses de aportación consecutiva o cuatro no consecutivos dentro de los seis meses anteriores al mes en que se inició la causal. En el caso de maternidad, la condición para el goce de prestaciones es que el titular del seguro se encuentre afiliado al tiempo de la concepción. Se requiere de las aportaciones de seis meses como mínimo a EsSalud o su anterior EPS, cubriéndose el parto normal que pertenece a la capa simple y no la cesárea por ser considerada de capa compleja. El período de carencia en caso de maternidad es de 10 meses. En caso de accidente basta que exista afiliación.
Se considera períodos de aportación aquellos que determinan la obligación de la Entidad Empleadora de declarar y pagar los aportes. Los trabajadores que optaron inicialmente por mantener su cobertura en EsSalud y deseen incorporarse al plan, quedarán incluidos en el mismo a partir del primer día del mes siguiente. En el caso de nuevos trabajadores en la empresa, si deciden incorporarse al plan de salud, podrán hacerlo desde la fecha de inicio de labores.
Un titular soltero (hombre o mujer) con hijos, ¿tiene el beneficio por maternidad?
La titular soltera sí, quien goza de todos los beneficios por maternidad aplicables, incluyendo el control del niño sano. Por lo tanto, en dichos casos, no es indispensable afiliar al padre y/o futuro padre del niño. El titular soltero goza solo de los beneficios por maternidad aplicables al hijo, incluyendo el control del niño sano.
Si la concepción (inicio de la gestación) tuvo lugar antes del ingreso a la EPS, el asegurado gozará del beneficio exclusivamente en capa simple (supervisión del embarazo y parto normal).
¿Cuál es la participación del afiliado en los pagos durante su atención?
De acuerdo al plan de salud elegido, el afiliado tendrá una serie de beneficios sin costo alguno.
Alternativamente, existirán otras circunstancias en las cuales el afiliado deberá realizar pagos adicionales, denominados copagos, los mismos que aparecen claramente detallados en el plan de salud correspondiente.
¿Cómo solicitar duplicado de credenciales en caso de pérdida?
Usted deberá presentar a la persona responsable de su empresa la boleta de depósito de S/. 15.00 soles por el costo de emisión de cada nueva credencial en la cuenta corriente No. 193-1101067-1-98 del Banco de Crédito del Perú. En caso de pérdida por robo no es necesario realizar el depósito, basta con presentar la denuncia policial.
¿Qué es una emergencia?
Una emergencia se define como toda situación o afección que por presentarse en forma súbita, brusca, accidental o como complicación de una afección preexistente que se encontraba previamente controlada, compromete seriamente la vida o el normal funcionamiento de cualquier órgano o sistema del cuerpo de una persona si no recibe atención médica inmediata.
¿Se deben incluir a todos los derechohabientes en la EPS?
Efectivamente. La filosofía del sistema de seguridad social es que todos los trabajadores y sus derechohabientes tengan una cobertura de salud, ya sea en EsSalud o en una EPS. Si un trabajador se afilia a una EPS, tanto él como sus derechohabientes pierden la cobertura de capa simple en EsSalud y la trasladan a dicha EPS. Por tal motivo, de no afiliarlos, quedarían desprotegidos.
No obstante, si dichos derechohabientes gozan de una cobertura de salud a través del cónyuge que labora en otra entidad empleadora, ya no resulta indispensable que el primero los afilie a su EPS.